PROGRAMA DE AYUDA DIRECTA A LA ENTRADA PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA
CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES - SECRETARÍA GENERAL DE ARQUITECTURA, VIVIENDA Y POLÍTICAS DE CONSUMO
Finalidad
La finalidad del Programa de ayuda directa a la entrada es facilitar a las personas y familias con escasos recursos económicos el acceso a una vivienda protegida de nueva construcción de régimen especial, de régimen general o del programa especial, financiando una parte de su precio de adquisición.
Destinatarios
Los adquirentes o adjudicatarios, en caso de vivienda promovidas por una cooperativa de vivienda de nueva construcción, que cumplan los requisitos generales regulados en las letras d) y e) del artículo 4.1 de la presente orden de convocatoria, así como los específicos.
Se considerarán adquirentes o adjudicatarios aquellos ciudadanos que, contando con independencia y capacidad económica, pretenden acceder a la propiedad de una vivienda protegida de nueva construcción, a cuyo objeto formalizan el contrato de compraventa o título de adjudicación. Asimismo y en su caso, tendrán esta consideración sus cónyuges o parejas de hecho inscritas de conformidad con la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como los demás miembros de la unidad de convivencia mayores de edad.
Plazo de presentación
Del 17 de julio de 2017 al 14 de julio de 2018.
Lugar de presentación
Requisitos
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS:
REQUISITOS GENERALES regulados en las letras d) y e) del art. 4.1 de la Orden de convocatoria, y los espefíficos que seguidamente se relacionan:
Los requisitos exigidos en las letras b) y d), no serán de aplicación a aquellos contratos de compraventa o títulos de adjudicación cuya solicitud de visado fuese anterior al 10 de mayo de 2016.
Cuantía
La adquisición o adjudicación de viviendas protegidas de régimen especial calificadas definitivamente conforme al Decreto 137/2013 de 30 de julio de 2013 por el que se aprueba el Plan de Rehabilitación y Vivienda de Extremadura 2013-2016 y las bases reguladoras de las subvenciones autonómicas en esta materia y la adquisición o adjudicación de viviendas protegidas de régimen especial o general y de viviendas del programa especial calificadas definitivamente conforme a anteriores planes autonómicos de vivienda será objeto de subvención conforme al siguiente cuadro:
Programa A.D.E. | Subvención (€) | ||
General | Líneas específicas de protección preferente | ||
IFP>2,5 IPREM | IFP ≤ 2,5 IPREM | ||
Vivienda de planes anteriores | 3.000 € | 1.000€ adicionales | |
Vivienda protegida de régimen especial del Plan 2013-2016 | 6.000€ | 9.000€ |
Las cuantías de subvención previstas no son acumulables entre sí, salvo la recogida en las líneas específicas de protección preferente, que será adicional y acumulable a cualquiera de las otras cuantías de subvención.
LÍNEAS ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN PREFERENTE:
Documentación
Solicitud y anexos
- Formularios de solicitud
- Anexos
Resolución
La Secretaria General de Arquitectura, Vivienda y Políticas de Consumo.
- Plazo normativo para resolver
El plazo par dictar resolución y notificarla será de 6 meses y se computará desde la presentación de la solicitud de la subvención.
- Efecto del silencio administrativo Desestimatorio
- Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad y Políticas Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución.
Más información
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN:
Concesión directa mediante convocatoria abierta.
Una vez publicada la convocatoria de subvenciones, los interesados podrán presentar las solicitudes de subvención, que se tramitarán por riguroso orden de entrada en el Registro del órgano competente.
A tales efectos se atenderá a la fecha en que la solicitud de subvención, debidamente cumplimentada y acompañada de toda la documentación reglamentariamente exigida, hubiere quedado válidamente presentada, por haber sido rellenada en debida forma y haberse acompañado de la totalidad documentos reglamentariamente exigidos.
Órgano gestor
SECRETARÍA GENERAL DE ARQUITECTURA, VIVIENDA Y POLÍTICAS DE CONSUMOAVDA. DE LAS COMUNIDADES, S/N
06800 MERIDA
sgvivienda.syps@salud-juntaex.es
924332450