BECAS AL ALUMNADO PARTICIPANTE EN LA ETAPA DE PRÁCTICAS PROFESIONALES NO LABORALES DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO ESCUELAS PROFESIONALES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO - (SEXPE) DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD EN EL EMPLEO
Finalidad
Becas al alumnado participante en la etapa de prácticas no laborales, según lo previsto en el capítulo IV y sección segunda del capítulo V del Decreto 96/2016, de 5 de julio, por el que se regulan los Programas de formación en alternancia con el empleo “Escuelas Profesionales de Extremadura” y “Unidades de Promoción y Desarrollo”, y se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a dichos programas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 132, de 11 de julio), derivadas de los proyectos aprobados al amparo de la Orden de 19 de marzo de 2018, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2018 dirigida a entidades promotoras de proyectos de programa de formación en alternancia con el empleo “Escuelas Profesionales de Extremadura”.
Destinatarios
El alumnado participante en la etapa de prácticas no laborales de los proyectos del Programa de Formación en alternancia con el empleo “Escuelas Profesionales de Extremadura” derivados de la convocatoria de subvenciones a entidades promotoras aprobadas por Orden de 1 de abril de 2019.
Plazo de presentación
Las solicitudes de becas se presentarán en el plazo de 15 días hábiles desde la finalización de las prácticas no laborales o en el caso de abandono del proyecto por causa justificada, por enfermedad o colocación laboral, la solicitud deberá presentarse en el plazo de quince días desde la fecha de efectividad de dicho abandono, durante el período de vigencia de la convocatoria (hasta el 2 de junio de 2021)
Lugar de presentación
Requisitos
Lo establecido en el artículo 12 y Sección segunda del capítulo V del Decreto 96/2016, de 5 de julio.
Cuantía
La cuantía de la beca a percibir por el/la alumno/a será de 9,00 € por día lectivo. Los/as alumnos/as no percibirán las becas correspondientes a los días lectivos que no hayan asistido, su justificación se realizará a través de los partes de asistencia presentados por la entidad promotora.
El abono de la subvención se realizará mediante un pago único, una vez resuelta la concesión de la beca.
Documentación
Solicitud acompañada de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del D.N.I, para el caso de que se oponga a que el órgano gestor pueda consultar de oficio sus datos de identidad personal. Cuando éste sea nacional de otro país comunitario deberá aportar copia del número de identificación de extranjero y además, si es nacional de terceros países copia auténtica del permiso de trabajo y residencia.
b) Alta de terceros (en el caso de no estar dado de alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura).
c) En el supuesto de oponerse a que el órgano gestor consulte de oficio, certificado acreditativo de no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Solicitud y anexos
- Formularios de solicitud
Normativas
Resolución
Director/a General de Calidad en el Empleo del S.E.X.P.E.
- Plazo normativo para resolver
El plazo máximo para la resolución y notificación será de 6 meses, a contar desde la fecha de entrada de la solicitud en las oficinas de registro integradas en el Sistema de Registro Único de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Efecto del silencio administrativo Desestimatorio
- Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada.
Órgano gestor
SERVICIO DE PROGRAMAS INNOVADORES DE EMPLEOAVDA. VALHONDO, S/N EDIFICIO III MILENIO, MÓDULO 6 2ª PLANTA
escuelastaller@extremaduratrabaja.net
924487825