REGISTRO DE ASOCIACIONES: INSCRIPCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA
VICEPRESIDENCIA PRIMERA Y CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - SECRETARÍA GENERAL
Finalidad
La composición de la Junta Directiva de la Asociación esta sujeta a inscripción - y no a una mera comunicación, como antes de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación - a fin de que tenga efectos frente a los terceros que se relacionan con la asociación.
La elección de la totalidad de los miembros de la Junta Directiva o de cualquiera de ellos deberá hacerse de la forma estatutariamente establecida.
La inscripción registral afecta tanto a una modificación o renovación íntegra de la Junta Directiva como a una modificación puntual de uno de sus miembros.
Destinatarios
Personas físicas o jurídicas.
Plazo de presentación
En el plazo de un mes desde la elección o modificación de los titulares de la Junta Directiva.
Lugar de presentación
Cuantía
Tasas: debe acompañarse la acreditación del ingreso a través de la hoja dirigida a la Administración del Modelo 50 una vez validado por la entidad bancaria, justificativo de haber abonado la tasa según las tarifas actualizadas del año en cuestión. Debe constar el Código 10014-3.
El pago de la tasa puede hacerse con tarjeta en la siguiente web, sin necesidad de ir a la entidad bancaria https://modelo050.juntaex.es/modelo050/, siendo la cantidad la que consta en este mismo enlace (modelo en formato papel u on-line en la web).
Documentación
Los documentos a presentar para solicitar la inscripción de la nueva junta directiva son:
Solicitud, formulada por el representante de la entidad en la que figuren los datos de identificación del solicitante (nombre, cargo que ostenta en la asociación o condición en la que actúa, domicilio, número de identificación fiscal, número de teléfono y firma), identificación de la asociación (denominación, domicilio, nombre de dominio o dirección de internet, en su caso, código de identificación fiscal, número de inscripción en el Registro de la Comunidad Autónoma de Extremadura), descripción de la documentación que se acompaña y petición que se formula.
- Acta de la reunión o del acuerdo adoptado, o certificado del acta o del acuerdo extendido por las personas o cargos con facultad para certificarlos de acuerdo con sus estatutos, por el que se haya elegido o modificado a los titulares de la junta directiva u órgano de representación, en la que deberán constar, además de la fecha en que se haya adoptado:
a) Los nombres, apellidos, domicilio y demás datos de identificación, si son personas físicas.
b) La razón social o denominación si los titulares son personas jurídicas, con los datos de identificación de las personas físicas que actuarán en su nombre.
c) La fecha del nombramiento y, en su caso, de la ratificación y aceptación por los titulares entrantes.
d) La fecha de la revocación y del cese, en su caso, de los titulares salientes.
e) Las firmas de los titulares entrantes y, en su caso, de los titulares salientes. En el supuesto de no poderse aportar la firma de los titulares salientes, se acompañará justificación suficiente de tal circunstancia.
En el caso de reelección de los miembros de la Junta Directiva o de parte de ellos, deberán firmar como entrantes y salientes en el certificado.
- Copia del DNI o documento acreditativo de la identidad de los miembros de la Junta Directiva electa. Podrá no presentarse el DNI si NO se marca la casilla correspondiente en la solicitud. De no marcarse, la consulta se hará por la Administración autonómica.
La solicitud deberá dirigirse al Registro de Asociaciones en el plazo de un mes desde la elección o modificación de los titulares de la Junta Directiva y se firmará por el Presidente de la Asociación. En el caso de que haya sido elegido un nuevo Presidente será éste quien firme la solicitud.
El certificado deberá firmarse por el Secretario con el visto bueno del Presidente, en el caso de nueva elección de estos cargos o de alguno de los dos, serán los nuevos titulares los que lo firmarán.
Solicitud y anexos
Normativas
Resolución
Titular de la Jefatura de Servicio de Administración de Justicia y Registros.
- Plazo normativo para resolver
Tres meses.
- Efecto del silencio administrativo Estimatorio
- Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada.
Más información
Órgano gestor
SERVICIO DE ASOCIACIONES, FUNDACIONES Y COLEGIOS PROFESIONALESAVDA. VALHONDO, S/N EDIFICIO III MILENIO - MÓDULO 2 - 2ª PLANTA
luis.morales@juntaex.es
924005306