ACREDITACIÓN DE LA CONDICIÓN DE AUXILIAR DE LOS AGENTES DEL MEDIO NATURAL
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA FORESTAL
Última modificación: 12/02/2020
Finalidad
Obtención de la acreditación para que el personal de vigilancia de los cotos de caza pueda ejercer como auxiliar de los Agentes del Medio Natural.
Destinatarios
Personal de vigilancia de los cotos de caza.
Plazo de presentación
Durante todo el año.
Lugar de presentación
Requisitos
Para obtener la acreditación como auxiliar de los Agentes del Medio Natural será necesario ostentar los conocimientos o formación en la materia y cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad.
b) Estar inscrito en el Registro de Cazadores de Extremadura.
c) No haber sido sancionado por infracción a la Ley de Caza en los últimos cinco años.
d) Ostentar los conocimientos y formación en la materia, mediante el cumplimiento de alguno de los siguientes requisitos:
1 Tener experiencia demostrable de, al menos, un año realizando las labores de vigilancia de coto o similar.
2 Tener formación demostrable en materia de caza o equivalente, al menos, a la mitad del temario del examen de especialista en control de predadores, obtenida mediante créditos universitarios, cursos o similar.
3 Tener superado el examen de especialista en control de predadores en Extremadura o en otra comunidad autónoma.
4 Poseer la habilitación como guarda de campo en la modalidad de guarda de caza expedida por el Ministerio del Interior, o la titulación de técnico medio en trabajos forestales y conservación del medio natural o equivalente, o superior
Cuantía
Abono de tasas mediante Modelo 50 on-line disponible en el Portal Tributario:
http://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/modelo-050
Documentación
La solicitud deberá ir acompañada de:
- Documentación acreditativa de los conocimientos y formación en la materia.
- Resguardo de abono de la tasa (Modelo 50)
Solicitud y anexos
- Formularios de solicitud
Resolución
Titular de la Dirección General.
- Plazo normativo para resolver
Tres meses.
- Efecto del silencio administrativo Desestimatorio
- Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada
Más información
Más información: 924 930 002
Órgano gestor
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA FORESTALAVDA LUIS RAMALLO, S/N
06800 MERIDA
dgma.marpat@juntaex.es
924008401
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