SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL APOYO Y FOMENTO DE LA CULTURA TAURINA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO - DIRECCIÓN GENERAL DE EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIVIL E INTERIOR
Finalidad
Fomento y apoyo de la cultura taurina, con la finalidad de potenciar y difundir esta manifestación en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Destinatarios
Plazo de presentación
Año 2020: del 1 al 15 de septiembre, ambos incluidos.
Lugar de presentación
Requisitos
Todas las solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Estar al corriente, antes de la propuesta de resolución de concesión de la subvención y de los correspondientes pagos, en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Hacienda estatal y la Seguridad Social.
b) No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición de beneficiario en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Al objeto de acreditar el cumplimiento de los citados extremos deberán realizar una declaración responsable sobre los mismos que se incardinará en el modelo normalizado de solicitud que se facilite en cada convocatoria.
Las solicitantes de la Modalidad “B”, en caso de tratarse de asociaciones, federaciones, confederaciones u otras entidades privadas de análoga naturaleza susceptibles de inscripción registral, además deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Figurar inscritas en el correspondiente registro administrativo.
b) Ser de carácter privado.
c) Que sus fines y objetivos, según sus estatutos, se correspondan o estén relacionados con el apoyo y fomento de la cultura taurina.
Los datos indicados anteriormente podrán ser comprobados de oficio por el órgano gestor de la subvención, siempre que se identifique por la solicitante el registro administrativo al que dirigirse, y salvo que la misma muestre su oposición en el modelo normalizado de solicitud.
Cuantía
Tipos de proyectos:
Las solicitantes sólo podrán presentar un único proyecto, que podrá desarrollar uno o varios ejes y, dentro de éstos, una o varias de sus correspondientes actividades:
Eje 1: Aprendizaje profesional en el mundo taurino: en este eje se encuadran los elementos y material didáctico necesario para realizar las actividades incluidas en los planes de enseñanza de las Escuelas de Tauromaquia registradas y establecidas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Eje 2: Formación profesional en el ámbito de la tauromaquia: en este eje se encuadran actividades tales como cursos o jornadas formativas de naturaleza docente dirigidas a diferentes profesionales, colaboradores y colaboradoras, y autoridades que intervienen en los festejos taurinos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Eje 3: Divulgación de la cultura taurina en la Comunidad Autónoma de Extremadura: en este eje se encuadran actividades tales como jornadas de naturaleza no docente, conferencias, coloquios, mesas redondas, exposiciones, distinciones u otras de análoga naturaleza.
Eje 4: Difusión de la cultura taurina en la Comunidad Autónoma de Extremadura: en este eje se encuadran actividades tales como revistas, guías, folletos y carteles informativos.
Cuantía:
La cuantía individualizada de la subvención a otorgar a cada uno de los solicitantes, hasta la extinción del crédito previsto para cada modalidad, será del 100 % del importe solicitado con las siguientes limitaciones:
a) El importe máximo por la realización de una o varias de las actividades contempladas en el EJE 1 será de 4.000 euros.
b) El importe máximo por la realización de una o varias de las actividades contempladas en el EJE 2 será de 3.000 euros.
c) El importe máximo por la realización de una o varias de las actividades contempladas en el EJE 3 será de 2.500 euros.
d) El importe máximo por la realización de una o varias de las actividades contempladas en el EJE 4 será de 2.000 euros.
e) El importe máximo que podrá concederse a los proyectos que abarquen actividades de dos o más ejes será la suma de la cuantía máxima correspondientes a cada eje hasta un máximo de 6.000 euros.
Documentación
Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado que figura como Anexo I a la presente convocatoria, e irán acompañadas de los siguientes documentos:
c) Documento/s que acredite/n los extremos exigidos en el artículo 6.2 de la Orden de 8 de junio de 2020, en caso oponerse expresamente en el modelo de solicitud a que los recabe de oficio el órgano gestor.
Solicitud y anexos
- Formularios de solicitud
- Anexos
Normativas
Resolución
Secretaría General de la Consejería con competencias en Agricultura y Ganadería.
- Plazo normativo para resolver
El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento es de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la presente resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
- Efecto del silencio administrativo Desestimatorio
- Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada.
Órgano gestor
DIRECCIÓN GENERAL DE EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIVIL E INTERIORAVDA. VALHONDO, S/N EDIFICIO III MILENIO, MÓDULO 2 2ª PLANTA
06800 MERIDA
dgeypc.marpat@juntaex.es
924008686