AYUDAS A ARTISTAS VISUALES
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES - SECRETARÍA GENERAL DE CULTURA
Finalidad
Apoyar, fomentar y promocionar la creatividad artística en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el campo de la creación contemporánea, dentro del ámbito de las artes visuales, contribuyendo así al desarrollo económico, social y cultural de la región.
Destinatarios
Artistas visuales vinculados a Extremadura, entendiendo por estos aquellas personas físicas que desarrollan trabajos artísticos en las disciplinas plásticas tradicionales, en las nuevas formas de expresión plástica y en aquellas otras relacionadas con las nuevas tecnologías y nuevos medios.
Plazo de presentación
Año 2020: del 29 de julio al 25 de agosto, ambos inclusive.
Lugar de presentación
Requisitos
Requisitos para la obtención de la condición de Beneficiario:
Cuantía
Cuantía:
La cuantía de las ayudas será la solicitada por los interesados, si bien la cuantía máxima de las mismas no podrá superar los 5.000 euros por actividad subvencionada.
Un artista sólo podrá ser beneficiario de una ayuda en esta convocatoria.
Documentación
A la solicitud, debidamente cumplimentada, se acompañarán los siguientes documentos:
A) Documentación administrativa:
a) El órgano gestor recabará de oficio los certificados o información a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Consejería competente en materia de hacienda y por la Tesorería General de la Seguridad Social, así como los datos de identidad personal y de residencia del solicitante. No obstante, en la solicitud se consignan apartados con el objeto de que el solicitante, si así lo estima conveniente, pueda oponerse a la realización de oficio de alguna o de varias de dichas consultas, debiendo entonces aportar junto con la solicitud, según corresponda, los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con las Administraciones citadas, la fotocopia del Documento Nacional de Identidad o de la tarjeta de identidad de la persona solicitante y el certificado de empadronamiento.
b) Declaración de las subvenciones y ayudas que se hayan solicitado hasta la fecha, destinadas a la actividad para la que se solicita la ayuda, con indicación de las efectivamente concedidas, así como de las cuantías de las mismas.
c) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a que se refiere el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) Declaración responsable manifestando la veracidad de que el proyecto presentado es inédito.
e) Modelo para Altas a Terceros, en el caso de no figurar de alta en el Subsistema de terceros de la Junta de Extremadura o en el supuesto de haber modificado la cuenta bancaria dada de alta en el Subsistema. Asimismo será necesaria la presentación de dicho modelo en el caso de que durante la tramitación de la ayuda se modificase la cuenta bancaria de referencia.
B) Documentación relativa a la actividad:
a) Datos del proyecto de producción y/o difusión, con inclusión del título, definición, autor o autores, características técnicas, sinopsis, así como otros datos de relevancia.
b) Memoria económica que contenga el presupuesto de gastos de la actividad, en el que se desglosarán y detallarán los mismos.
c) Memoria explicativa de la actividad en la que se harán constar, con la máxima amplitud y detalle posibles, todos aquellos extremos que se consideren necesarios para justificar la petición de ayuda. La extensión de la misma en ningún caso podrá superar los 15 folios A4, en letra Arial 12 y con un interlineado de 1,5 puntos.
d) Dossier con indicación de las actividades a llevar a cabo, así como de las medidas de difusión previstas.
e) Será necesaria la presentación de fotografías, imágenes o soportes gráficos que complementen la solicitud y la actividad.
Solicitud y anexos
- Formularios de solicitud
- Anexos
Normativas
Resolución
Titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de cultura.
- Plazo normativo para resolver
Plazo máximo de seis meses, desde la publicación de la convocatoria y del extracto.
- Efecto del silencio administrativo Desestimatorio
- Impugnación vía administrativa
Recurso alzada.
Más información
Más información y consultas en artesvisuales@juntaex.es
Órgano gestor
SERVICIO DE MUSEOS Y ARTES VISUALESAVDA. VALHONDO, S/N EDIF. III MILENIO, MÓDULO 4 2ª PLANTA
06800 MERIDA
anaisabel.jimenezd@juntaex.es
924008379