BASTANTEO DE PODERES DE REPRESENTANTES DE PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS (RETIRAR AVALES DEPOSITADOS)
VICEPRESIDENCIA PRIMERA Y CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - ABOGACÍA GENERAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Última modificación: 01/07/2020
Finalidad
Poder retirar avales depositados en la Caja de Depósitos o en sus sucursales los representantes de una persona física o jurídica, dando así cumplimiento a lo previsto en el art. 19 del Decreto 25/94, de 22 de febrero.
Destinatarios
Personas físicas o jurídicas.
Plazo de presentación
Durante todo el año.
Lugar de presentación
Requisitos
Que se haya expedido poder notarial suficiente, con expresión de las facultades y condiciones en que deben ejercer la representación conferida por el avalado (persona física o jurídica)
Documentación
Documento original o copia ante Notario de las escrituras de poder del mandatario.
Normativas
Resolución
Letrados de la Dirección General.
- Efecto del silencio administrativo Sin efecto de silencio
Más información
Rocío González Carretero (Asesora Jurídica)
Correo electrónico: rocio.gonzalezc@juntaex.es
Teléfono: 924 00 68 01
Órgano gestor
ABOGACÍA GENERAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURAAVDA. VALHONDO, S/N EDIFICIO III MILENIO - MÓDULO 1 - 2ª PLANTA
06800 MERIDA
lg.hap@juntaex.es
924003907 / 924006801
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