ACREDITACIÓN DE LA CONDICIÓN DE AGRICULTOR A TÍTULO PRINCIPAL
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMUNITARIA
Finalidad
Acreditar la condición de Agricultor a Título Principal, debido a la repercusión que tal consideración tiene en determinados beneficios, ayudas y subvenciones.
Destinatarios
Titulares de Explotaciones que sean personas físicas.
Plazo de presentación
Las solicitudes se realizarán en la forma y plazos establecidos para la Solicitud Única.
Fuera del procedimiento de Solicitud Única:
- Preferentemente a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería con competencias en materia de agricultura, enlace a la iniciativa ARADO y LABOREO. Para aquellos administrados que lo requieran, las Oficinas Comarcales Agrarias facilitarán el acceso a los interesados.
Lugar de presentación
Requisitos
Para que un agricultor obtenga la condición de ATP debe reunir los siguientes requisitos:
- Ser agricultor profesional, para lo cual debe ser persona física titular de una explotación agraria.
- La explotación agraria de la que es titular debe estar inscrita y actualizada, con anterioridad a la fecha de solicitud, en el Registro de Explotaciones Agrarias.
- Al menos el 50% de su renta total debe provenir de la actividad agraria ejercida en su explotación.
El tiempo de trabajo dedicado a actividades no relacionadas con su explotación debe ser inferior a la mitad de su tiempo de trabajo total
Documentación
Básica:
- Modelo de solicitud.
- Cuando en la solicitud se indique expresamente que NO se concedan las autorizaciones necesarias para recabar datos de otras administraciones por parte del órgano gestor, será necesario aportar:
a. Copia compulsada del NIF.
b. Copia compulsada de la Declaración del I.R.P.F. de los últimos tres años.
Complementaria:
- Certificado de retenciones por rendimientos de trabajo.
- Documentos oficiales: Contratos de trabajo, horarios de trabajo, de apertura de establecimiento, etc
Solicitud y anexos
- Enlace externo a la solicitud
Las solicitudes se realizarán a través del Portal Arado y Laboreo en su trámtie correspondiente; a excepción del período de Solicitud Única que se realizará en la misma.
Normativas
Resolución
Titular de la Dirección General
- Plazo normativo para resolver
Nueve meses.
- Efecto del silencio administrativo Estimatorio
- Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada.
Más información
Órgano gestor
SERVICIO DE GESTIÓN DE SOLICITUD ÚNICA Y EXPLOTACIONES AGRARIASAVDA. LUIS RAMALLO, S/N
pedro.munozg@juntaex.es
924002317